La doble imposición de inversiones extranjeras se produce cuando las empresas o personas deben cumplir con el pago de dos criterios de tributación por el mismo concepto, en más de un país. Es una situación que puede someter a firmas que tienen operaciones internacionales.
Sin embargo, en Uruguay se tiene un amplio avance en cuanto a los acuerdos internacionales, que buscan evitar la doble imposición de tributos, con la delimitación de la potestad de los países para cobrar los tributos de manera más ventajosa.
Acuerdos para minimizar sus efectos
Son acuerdos que brindan estabilidad y permiten que las empresas planifiquen el pago de sus impuestos, siendo una gran ventaja en materia fiscal para las inversiones internacionales. Cumplen con mecanismos que evitan la doble imposición en los Estados Contratantes (ver aqui) que han convenido la competencia tributaria para los principales impuestos.
Es un logro internacional que se lleva a cabo en Uruguay, mediante la renuncia de la jurisdicción de los Estados. Además, son acuerdos que establecen tasas máximas, en caso de que se deba pagarse la doble imposición, mecanismos que reducen o exoneran impuestos en otros territorios.
Caso Uruguayo
El estado uruguayo es uno de los primeros en América Latina que por el desarrollo de su economía, ha avanzado en acuerdos en materia de comercio internacional y en especial, en negociaciones abiertas y sin restricciones.
En ese sentido, en el territorio uruguayo se cuenta con trece acuerdos internacionales con vigencia y disposiciones que han logrado eliminar la doble imposición entre las partes, para que impuestos como: los tributos a la renta y al patrimonio, para que sean tributados en un solo país, garantizando que no se imponga la doble imposición de impuestos a las inversiones extranjeras.
En Uruguay se apuesta al comercio exterior de bienes y de servicios, mediante la captación de la inversión extranjera de manera directa, lo que ha colaborado con la evolución de la economía y a su dinámica con crecimiento importante.
La estabilidad social, económica y política de Uruguay, genera un clima de confiabilidad en su sistema legal, el cual garantiza que la inversión extranjera, tenga la protección de trece acuerdos, que evitan la doble imposición fiscal. Una realidad que favorece el acceso preferencial a varios mercados donde se cumple con el régimen de los acuerdos.
Acuerdos Mercosur
En cuanto a los acuerdos que se han concertado a través del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), desde 1991, en Uruguay se han circunscrito acuerdos con Argentina, Brasil y Paraguay, por un proceso con acuerdos internacionales en cuanto a bienes, servicios, compras públicas e inversiones donde se evita el pago de doble tributación.
Mercosur es una organización para la integración regional, formada por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, donde también están en proceso de adhesión Bolivia y Venezuela.
Uruguay, también ha suscrito acuerdos comerciales para acceder a mercados fuera el Mercosur, con preferencia arancelaria.
Es un régimen rentable para la entrada óptima de empresas a diferentes mercados internacionales, adicionales al Mercosur, como Chile, Ecuador, México, Israel y la India. Además, tiene convenios en proceso con Egipto y Palestina.